Sáb. Oct 5th, 2024

·         Se trata de la incorporación voluntaria de los patrones como persona física

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Guerrero invita a los patrones a conocer el esquema de aseguramiento donde ellos pueden acceder a los beneficios y prestaciones que ofrece el Instituto en su Modalidad 35.

Se trata de la incorporación voluntaria de los patrones como persona física que tengan trabajadores asegurados a su servicio al Seguro Social, indicó el Departamento de Supervisión de Afiliación y Vigencia en Guerrero.

Con su incorporación gozarán de las prestaciones en especie en el Seguro de Enfermedades y Maternidad; del Seguro de Riesgos de Trabajo, de Invalidez y Vida; así como de Retiro y Vejez.

El patrón podrá ingresar a este esquema, siempre que tenga al menos un trabajador vigente a su servicio, además de que podrá tener beneficiarios, con el pago de una cuota anual anticipada.

El trámite puede hacerse en línea en la página: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home

Portal ciudadano – serviciosdigitales.imss.gob.mxInstituto Mexicano del Seguro Social Portal DELTA. Captura los caracteres de la imagen *: (Distingue entre mayúsculas y minúsculas) * Campos obligatoriosserviciosdigitales.imss.gob.mx

Si prefiere hacerlo de forma presencial en la Subdelegación, se  requieren  los siguientes documentos:

·         Identificación oficial vigente. Original y copia.

·         Comprobante de domicilio. Original y copia.

·         Copia certificada del Acta de Nacimiento. Original y copia.

·         Clave Única de Registro de Población (CURP). Original y copia.

·         Cuestionario médico proporcionado por el IMSS, llenado por el solicitante y por cada familiar a asegurar, cuando aplique. Original y copia.

·         Datos del solicitante o representante legal.

·         Comprobante de pago de la anualidad anticipada. Original y copia.

La cobertura de esa incorporación voluntaria es de un año e inicia los servicios médicos del IMSS para el patrón y sus beneficiarios, a partir del primer día del mes siguiente al de su ingreso al Seguro Social. Podrá renovar su incorporación dentro de los treinta días naturales previos al vencimiento de la anualidad contratada que está transcurriendo.

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