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Chilpancingo, Gro., 24 de octubre de 2023.- El Congreso del Estado aprobó este martes un paquete de reformas para establecer la suspensión, pérdida o privación de la patria potestad de hijas o hijos cuando el progenitor esté vinculado a proceso o sea encontrado penalmente responsable del delito de feminicidio, y para que se amplíen las sanciones por incumplimiento de obligaciones alimentarias en casos en que los acreedores son personas con discapacidad o adultas mayores.

De acuerdo con los dictámenes emitidos por la Comisión de Justicia, en las reformas al Código Civil del Estado propuestas por la diputada Gabriela Bernal Reséndiz, se destaca que para poder prevenir, sancionar y erradicar todas las formas de violencia hacia el género femenino, es indispensable contar con las tipificaciones y sanciones adecuadas.

En ese sentido, con las reformas se establece la suspensión, terminación, pérdida o privación de la patria potestad de hijas o hijos cuando el progenitor esté vinculado a proceso judicial o haya cometido feminicidio, como medidas de protección de las niñas, niños y adolescentes.

Respecto a la iniciativa del diputado Ricardo Astudillo Calvo, se consideró indispensable privilegiar los derechos de las niñas, niños y adolescentes que están en proceso de formación y desarrollo. En ese sentido, será suspendida y, en su caso, se dará por terminada o perdida la norma impero-sustantiva de la patria potestad a posibles feminicidas, si se llegara a confirmar la sentencia por este delito.

Con el dictamen se aprobaron también reformas al Código Penal del Estado para especificar cuándo un deudor alimentario cumple de manera total o parcial con obligaciones, y para recrudecer hasta en una tercera las sanciones cuando los acreedores alimentarios sean personas con discapacidad o adultas mayores. Esto fue derivado de una iniciativa del diputado Carlos Cruz López.

Por último, quedaron aprobadas las reformas al Código Civil propuestas por la diputada Jennyfer García Lucena, para consignar en el acta de nacimiento de una persona el orden de prelación de los apellidos, que será previamente convenida por sus progenitores.

Iniciativas

La diputada Gabriela Bernal Reséndiz presentó una iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado para incorporar la perspectiva de “juventud en condiciones de igualdad y no discriminación”, que garantice el ejercicio de los derechos de los jóvenes y propicie la transversalización en los instrumentos de planeación de la política pública estatal y la legislación local, para el pleno desarrollo del sector.

La Mesa Directiva dio lectura de oficio signado por el diputado Ricardo Astudillo Calvo, mediante el cual remite iniciativa de adición a la Constitución Política del Estado en materia de Gobierno de Coalición.

A nombre de la Comisión de la Juventud y el Deporte, la diputada Angélica Espinoza García propuso una iniciativa de Ley de Personas Jóvenes del Estado de Guerrero para lograr el reconocimiento, promoción, protección, respeto y defensa de los derechos humanos de las y los jóvenes que habitan y transitan en la entidad, así como coordinar las políticas, medidas y acciones de gobierno que contribuyan a su desarrollo integral.

Por su parte, el diputado Carlos Cruz López presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Educación del Estado para adicionar como una de las atribuciones de la autoridad educativa estatal el emitir opiniones a la federación sobre el contenido de los planes y programas de estudio, respecto a la educación sobre Salud Mental Infantil.

En su oportunidad, el diputado Alfredo Sánchez Esquivel propuso adicionar la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado para incorporar entre las facultades y obligaciones de los ayuntamientos en materia de Gobernación y Seguridad Pública, la implementación y ejecución de programas de prevención del delito y la violencia, en coordinación con la Dirección de Seguridad Pública.

Por último, la diputada Patricia Doroteo Calderón presentó una iniciativa de adición a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado para otorgar la atribución a la Secretaría General del Ayuntamiento de expedir la constancia de radicación, a través de la cual la ciudadanía puede acreditar la vecindad o residencia efectiva en los municipios que conforman el estado.

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