Vie. Jun 13th, 2025

Chilpancingo, Gro., 12 de Junio de 2025.- El Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Educación del Estado de Guerrero para establecer responsabilidades y sanciones para quienes toleren, encubran o desatiendan dentro de las instituciones educativas el acoso escolar; para regular el uso de dispositivos móviles en escuelas, y para incorporar el derecho de niñas y adolescentes, a vivir una menstruación digna, como parte de sus derechos sexuales y reproductivos.


Estas reformas, que fueron dictaminadas por la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología, buscan prevenir, sancionar y erradicar el acoso escolar dentro de las instituciones educativas, mejorar el aprendizaje de alumnas y alumnos de educación básica, proteger la salud y garantizar una educación libre de estigmas y tabúes para la niñez guerrerense.


Las reformas en materia de acoso escolar fueron presentadas por la diputada María Irene Montiel Servín y se coincide en que el acoso no debe ser tolerado por las autoridades escolares, por lo que se establece que cuando tengan conocimiento de esto tienen la obligación de actuar para frenar, inmediatamente, este tipo de violencia que puede generar daños irreparables en la niñez y adolescencia de las y los menores de edad.


De manera que se adiciona el concepto de acoso escolar en la fracción I del artículo 4, definiéndolo con absoluta claridad y se incorpora una nueva fracción al artículo 137 para establecer como infracción la tolerancia o falta de atención ante este tipo de conductas y se establecen consecuencias claras para quienes, teniendo responsabilidad dentro de los planteles, toleren o desatiendan estas conductas.
La reforma al artículo 82 de la Ley de Educación del Estado de Guerrero para regular el uso de dispositivos móviles en escuelas de nivel básico a fin de mejorar el aprendizaje, proteger la salud emocional y prevenir riesgos como el ciberacoso, fue propuesta por el diputado Pánfilo Sánchez Almazán.


Por ello, esta reforma establece que el uso de dispositivos móviles durante el horario escolar en el nivel básico deberá restringirse, permitiendo su utilización únicamente para fines pedagógicos, en casos de emergencia familiar o bajo situaciones debidamente justificadas, siempre bajo la supervisión del personal docente o del Consejo de Participación Escolar.


También se mandata a la Secretaría de Educación Guerrero que en coordinación con autoridades escolares implementen programas de sensibilización y capacitación dirigidos a estudiantes, madres y padres de familia, y al personal docente para promover un uso responsable de la tecnología y prevenir los riesgos asociados.


Las reformas y adiciones a los artículos 53, 60, 69 y 73 de dicha Ley fueron planteadas por la diputada Marisol Bazán Fernández y se incorpora el derecho de niñas, adolescentes, mujeres y personas menstruantes a vivir una menstruación digna, como parte de sus derechos sexuales y reproductivos, garantizando una educación libre de estigmas y tabúes, promoviendo el acceso a información precisa sobre salud menstrual, así como el fomento de entornos escolares libres de discriminación y acoso.


Estas modificaciones son un acto de justicia social y de responsabilidad institucional para que desde la ley, niñas, adolescentes y mujeres de Guerrero tengan acceso a una educación menstrual libre de estigmas, informada y con acompañamiento docente. Esto permitirá a las autoridades educativas y de salud diseñar, planear y gestionar las políticas públicas, los programas y los presupuestos necesarios para hacer efectiva esta garantía.


Fundamentaron los dictámenes los diputados María del Pilar Vadillo Ruiz, Pánfilo Sánchez Almazán e Hilda Jennifer Ponce Mendoza, como integrantes de la Comisión, y razonó su voto a favor la diputada Marisol Bazán Fernández.

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