Sáb. Nov 23rd, 2024

Chilpancingo, Gro., 01 de junio de 2023.- El diputado José Efrén López Cortés presentó iniciativas de reforma a la Constitución Política y a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, para que las administraciones municipales ejerzan su periodo constitucional iniciando las cero horas del día primero de enero del año siguiente al de la elección.

Asimismo, plantea que la entrega-recepción se realice en el mes de diciembre, a efecto de que los cabildos salientes y entrantes tengan la oportunidad de elaborar en conjunto las iniciativas de Ley de Ingresos, Tablas de Valores y Presupuestos de Ingresos del año siguiente.

Con estas reformas a distintos preceptos legales, el legislador de Morena propone reglamentar y normalizar la actividad administrativa, política y pública de las administraciones municipales, evitando la generación de conflictos cada tres años con motivo de la renovación de autoridades, acorde a los nuevos tiempos que demandan una mayor transparencia en el manejo de los recursos públicos.

El objetivo, señaló, es ya no generar conflictos ni dejar pagos pendientes a proveedores de servicios, garantizando el recurso suficiente para el pago de aguinaldo y demás prestaciones a los trabajadores, y que las administraciones municipales tanto entrantes como salientes cumplan con la respectiva entrega de las cuentas públicas, ya que si alguna de estas no cumple, la Auditoría Superior del Estado no las libera de responsabilidad.

López Cortés recordó que en términos del artículo 61 de la Constitución local, corresponde al Congreso del Estado la función de revisar los informes financieros semestrales y fiscalizar las cuentas públicas de las entidades fiscalizables, atribución que ejerce a través de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero, mediante la observancia del principio de anualidad y conforme a la normatividad aplicable en la materia.

Remarcó que es importante dejar que los ayuntamientos electos en la jornada electoral de junio de 2027 ejerzan su periodo constitucional por ejercicios fiscales completos, garantizándose con ello que las nuevas administraciones municipales cuenten con los instrumentos jurídicos y elementos necesarios para asegurar su recaudación.

Por todo lo anterior, precisó, se hace necesario ajustar el periodo constitucional de las administraciones municipales que serán electas en junio de 2024, para que inicien funciones el 30 de septiembre del mismo año y concluyan el 31 de diciembre de 2027, estableciéndose lo anterior en un artículo segundo transitorio, en cuyo caso los ayuntamientos fungirán por única ocasión durante un periodo de tres años tres meses. Ambas iniciativas fueron turnadas a las Comisiones Unidas de Asuntos Constitucionales y Jurídicos y de Asuntos Políticos y Gobernación, para su respectivo análisis y emisión del dictamen.

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